Calendario y pasos a seguir en las elecciones a los Consejos de Residentes
El proceso dará el pistoletazo de salida el próximo 1 de febrero, cuando los Consulados Generales de aquellas demarcaciones con mas de 1200 ciudadanos españoles registrados anuncien las elecciones, y se ofrezcan 2 meses para lograr aunar los apoyos suficientes para presentar las listas candidatas.
El calendario a seguir seguirá el siguiente formato:
El calendario a seguir seguirá el siguiente formato:
Una vez anunciadas las elecciones habrá 2 meses para presentar listas para estas elecciones.
Si se presenta solo una lista se necesitará no solo los avales necesarios, sino también una participación por encima del 7% de la ciudadanía, y por eso se ha de intentar presentar 2 listas que facilitará la creación de Consejos de Residentes.
Los CREs estarán compuestos por siete consejeros con tres suplentes, once con cuatro suplentes o quince con siete suplentes, según la comunidad española en la demarcación consular sea inferior a cuarenta mil personas, esté entre cuarenta mil uno y ochenta mil, o supere esta cifra, y los avales o respaldos necesarios para presentar las listas serán 50, 75 o 100 respectivamente.
Los avales tendrán que presentar el nombre y dos apellidos, dirección en la que estén registrados en el registro del Consulado General, así como la firma de los componentes de la lista candidata, y incluir copia de pasaporte o DNI por los dos lados. Los avales tendrán un formato similar al que presentamos abajo y adjuntamos archivos para avales individuales y grupales:
Si se presenta solo una lista se necesitará no solo los avales necesarios, sino también una participación por encima del 7% de la ciudadanía, y por eso se ha de intentar presentar 2 listas que facilitará la creación de Consejos de Residentes.
Los CREs estarán compuestos por siete consejeros con tres suplentes, once con cuatro suplentes o quince con siete suplentes, según la comunidad española en la demarcación consular sea inferior a cuarenta mil personas, esté entre cuarenta mil uno y ochenta mil, o supere esta cifra, y los avales o respaldos necesarios para presentar las listas serán 50, 75 o 100 respectivamente.
Los avales tendrán que presentar el nombre y dos apellidos, dirección en la que estén registrados en el registro del Consulado General, así como la firma de los componentes de la lista candidata, y incluir copia de pasaporte o DNI por los dos lados. Los avales tendrán un formato similar al que presentamos abajo y adjuntamos archivos para avales individuales y grupales:
No se puede visualizar este documento con tu navegador. Haz clic aquí para descargar el documento.
|
|
El formato de las listas tendrá que presentar el nombre y dos apellidos, así como la firma de los componentes de la lista candidata, y incluir copia de pasaporte o DNI por los dos lados.
No se puede visualizar este documento con tu navegador. Haz clic aquí para descargar el documento.
Real Decreto 1960/2009, de 18 de diciembre, por el que se regulan los Consejos de Residentes Españoles en el Extranjero.
No se puede visualizar este documento con tu navegador. Haz clic aquí para descargar el documento.
|
Orden AEC/2172/2010, de 13 de julio, por la que se regulan la constitución, elección y funcionamiento de los Consejos de Residentes Españoles en el Exterior.
No se puede visualizar este documento con tu navegador. Haz clic aquí para descargar el documento.
|